ANDRÉS ABERASTURI Y PEDRO TARACENA


 "NO MATARÁS"  MATERIAL PARA UN ENSAYO

Carta al selecto club del FMI: Dejen de aconsejar qué hacer con los pobres 


ANDRÉS ABERASTURI



Señora directora gerente del FMI, Christine Lagarde –condenada por "negligencia" en el manejo de fondos públicos–, y demás miembros de esa millonaria institución que, pese a todo, reafirmaron su "confianza plena" en la señora Lagarde y sus elegantísimos pañuelos-foulard. Tienen ustedes dos costumbres muy feas: no predicar con el ejemplo y acariciar el lomo del Gobierno de turno de un país para luego proponer diversos ‘zascas’ con la mano abierta a los ciudadanos más vulnerables. Si ganáramos lo que ustedes, nos tendrían que echar a patadas para jubilarnos. 

Después de reconocer lo bien que va todo en España, ustedes consideran imprescindible mantener la subida de las pensiones en ese vergonzoso 0,25% anual. (Conviene que la gente sepa que sus exdirectores cobran 60.000 euros anuales netos de por vida). También quieren retrasar la edad de jubilación y empezar a mirar planes de pensiones privados. Claro: si nosotros ganáramos lo que ustedes, le puedo asegurar que nos tendrían que echar a patadas para jubilarnos y con los ya citados 60.000 euros no tendríamos necesidad de nada privado. Lo malo es que para hacerse un plan de pensiones hace falta tener algo de dinerillo al mes y parece que no es fácil. No contentos, quieren que nos suban el IVA y/o poner tasas medioambientales y son muy partidarios del contrato único. Yo creo que se han quedado cortos. ¿No han pensado que también estaría bien volver a las cartillas de racionamiento? Es una posibilidad. Pero después de aconsejar todo esto, viene lo más gracioso: no descartan una subida salarial aunque, eso sí, acorde al aumento de productividad y sin menoscabar la competitividad del Estado. Si tienen tiempo, nos explican para qué esa subida si el aumento del IVA –el menos social de todos los impuestos– se la comería entera, si mantener las pensiones al 0,25% como están ya se sabe que es perder un 7% de poder adquisitivo en 10 años (y eso sin subir el dichoso IVA del que son tan amigos). Dejen de aconsejar qué hacer con los pobres desde la ventanilla de sus coches con chófer Miren, señora y señores del FMI. La institución de la que cobran –y mucho– nació para "promover políticas sostenibles a nivel internacional, facilitar el comercio internacional y reducir la pobreza a nivel mundial". No tengo nada claro que ese sea ahora mismo su fin porque dentro de su club –como siempre– mandan los más ricos y sus recetas para ajustar y recortar más y más a los menos favorecidos no parece que hasta ahora hayan dado los resultados esperados. Me despido de ustedes agitando un fular de todo a cien y con un ruego: cambien; vuelvan a lo que al principio querían ser y dejen de aconsejar qué hacer con los pobres desde la ventanilla de sus coches con chófer que pagamos todos.

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CRÍMENES LEGALES EN TIEMPOS DE PAZ



Por Pedro Taracena Gil

El insigne periodista Andrés Aberasturi se ha quedado corto al hacer su crítica a la honorable señora directora del Fondo Monetario Internacional. Es una falacia que esta institución tenga por objeto y objetivo: “Proponer políticas sostenibles a nivel internacional, facilitar el comercio internacional y reducir la pobreza a nivel mundial”. Esta declaración de buenas intenciones está basada simple y llanamente en la mentira más criminal. Sí, el término crimen vamos a utilizarlo en esta columna con la frecuencia que el realismo del momento requiere.

Según los valores occidentales heredados de la doctrina cristiana o católica, “al prójimo se le puede matar en tres casos: en la guerra justa, en defensa propia y en la justa aplicación de la pena de muerte. Es decir como verdugo. El mandato divino No matarás significa que nadie puede matar sin motivo y sin razón. Pero hay circunstancias en las que hay una justificación, según el Derecho Canónico”. Estos cánones están en vigor en el código político y social de occidente. Obedecen a mantener una contaminación perversa entre lo moral, lo legítimo, lo ético y lo legal. El FMI establece sus políticas económicas en el marco legal, es decir leyes de obligado cumplimiento para conseguir sus fines. Pero como se establecen para beneficiar al capital y la macroeconomía, carece de legitimidad moral para hacerlo. Y como consecuencia la aplicación de sus normas provoca crímenes legales. Sí, crímenes reales fácilmente comprobables.

De estos tres cánones legales se derivan otros que no se contemplan en el exquisito Derecho Canónico. El No matarás acoge en su intención la penalización del suicidio. En este caso el reo en su propio suicidio lleva anejo la pena de su condenación eterna. Porque la vida no es del individuo sino de Dios. Ahora bien, cuando el suicidio tiene una causa fehaciente como por ejemplo los desahucios o bien la situación límite que precipita al ciudadano a una decisión extrema de quitarse la vida, el suicidio pasa a ser considerado un homicidio, donde la víctima aporta el brazo ejecutor pero los motivos son las políticas criminales de la tiranía del poder.

Otra variable de esta farsa donde se han instalado los estados y los organismos supranacionales, lo constituyen los crímenes legales en tiempos de paz. El FMI, todas las instituciones europeas y el propio Reino de España, están viviendo una farsa al margen de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. ¿Qué temor debemos de albergar para llamar a las cosas por su nombre? ¿Qué autoridad moral puede prohibir que los ciudadanos denunciemos, que estas instituciones cometen con su leyes, crímenes de lesa humanidad? ¿No son crímenes los que está cometiendo con los refugiados la U.E. legalmente establecidos con Turquía? ¿No son delitos de lesa humanidad lo que España está cometiendo con los Centros de Internamiento de extranjeros?

Pisando suelo patrio, las concertinas de las fronteras de Ceuta y Melilla, así como las actuaciones del Ministerio del Interior, son crímenes legales. Las muertes producidas por los recortes en Sanidad Pública y las restricciones en los medicamentos, son crímenes legales. La pobreza energética ha producido y ocasionado crímenes legales. La corrupción generalizada produce crímenes legales. Mentir al pueblo es una forma de engaño para manipular y dejarle indefenso ante el tirano. En este aspecto el crimen legal lo comete el Gobierno en connivencia con los medios de comunicación privados y de titularidad pública. Acallan, manipulan, tergiversan y propagan la doctrina dogmática de la modélica transición. La expresión más didáctica la exhaló el actual Ministro del Interior, Zoido: “No es nuestra responsabilidad que los inmigrantes decidan huir”. Si profundizo en esta magistral frase terminaría llamando presunto criminal legal al propio ministro. Pero no lo haré. Será la propia Historia quien lo haga. Señor Ministro, no solamente son inmigrantes que desean una vida mejor. Es que son refugiados que huyen de una muerte segura.

Volviendo al magistral artículo de Andrés Aberasturi, mi voluntad es desempolvar el vocablo crimen y sus acepciones, para mejor entender la conducta delictiva encubierta de legalidad de los máximos gobernantes mundiales, protegidos por la justicia de los ricos y los medios de comunicación pagados por ellos mismos.


Credo in unam Sanctam Cathólicam et Apostólicam Eclésiam




Al prójimo se le puede matar en tres casos: en la guerra justa, en defensa propia y en la justa aplicación de la pena de muerte


Por: P. Jorge Loring | Fuente: Para Salvarte




3. Al prójimo se le puede matar en tres casos: en la guerra justa, en defensa propia y en la justa aplicación de la pena de muerte.
El mandato divino "No matarás" significa que nadie puede matar sin motivo y sin razón. Pero hay circunstancias en las que hay una justificación.

1) En la guerra justa.
La guerra no puede ser nunca un medio normal para la solución de conflictos. "Todo ciudadano y todo gobernante están obligados a empeñarse en evitar las guerras"26.
Según los moralistas, para que la guerra sea justa se deben cumplir varias condiciones:
a) Imposibilidad de solución pacífica.
b) Causa justa, como sería legítima defensa, mientras no haya una autoridad supranacional competente y eficaz.
c) Que la decisión sea tomada por la autoridad legítima a quien corresponde velar por el bien común de la nación.
d) Intención recta buscando la justicia y no la venganza.
e) Que sean superiores los bienes que se van a conseguir a los males que se pueden producir27.

"La apreciación de estas condiciones de legitimidad moral pertenece al juicio prudente de quienes están al cargo del bien común"28.
"Los poderes públicos tienen, en este caso, el derecho y el deber de imponer a los ciudadanos las obligaciones necesarias para la defensa nacional"29 , "pero atenderán equitativamente el caso de quienes, por motivos de conciencia, rehúsan el empleo de las armas; éstos siguen obligados a servir de otra forma a la comunidad humana"30.
"Una cosa es utilizar la fuerza militar para defenderse con justicia, y otra muy distinta querer someter a otras naciones"31.



Buscar la guerra es absurdo. Pero rehuirla por principio puede ser cobardía ante la injusticia.
El creyente obra con rectitud mientras luche por implantar la justicia en el mundo.
La paz es el ideal del hombre: pero esta paz debe ser obra de la justicia. Un pacifismo conformista con la injusticia no es cristiano. El buen cristiano no puede desinteresarse del bien común de la sociedad.

El peligro de una tercera guerra mundial que podría destruir la humanidad por el armamento de que hoy dispone el hombre, hace deseable un desarme internacional. Pero para que esto sea eficaz tiene que ser de ambos bloques, y con posibilidades de mutua vigilancia.

Aunque la guerra sea justa, "no todo es lícito entre los contendientes"32. Debe respetarse la ley moral y el derecho de gentes. "Las acciones deliberadamente contrarias al derecho de gentes son crímenes"33.
"Existe la obligación moral de desobedecer aquellas decisiones que ordenan genocidios"34.

2) En defensa propia35 se puede matar cuando alguien quiere matarnos injustamente, o hacernos un daño muy grave en nuestros bienes, equivalente a la vida; si no hay otro modo eficaz de defenderse.
No es necesario esperar a que él nos ataque. Basta que nos conste que él tiene un propósito decidido de matarnos, y sólo está esperando el momento oportuno para hacerlo; y no hay otro modo de salvar la vida que adelantarse y atacar primero36.
Esto en el terreno moral, independientemente de la ley civil.
Lo que se permite en defensa propia se autoriza igualmente en pro del prójimo injustamente atacado. La caridad fraterna puede obligar a esto, pero no a exponer la propia vida, a no ser que se trate de parientes cercanos o esté uno obligado por contrato (guardias, policías)37.
«Éstas son las condiciones para que pueda hablarse de legítima defensa:
- Debe tratarse de un mal muy grave, cual es, por ejemplo, el peligro de la propia vida, la mutilación o heridas graves, la violación sexual, el riesgo de la libertad personal, la pérdida de bienes de fortuna desmedidos, etc.
- Que sea un caso de verdadera agresión física.
- Que se trate de un daño injusto. Por ejemplo no sería lícito defenderse de un policía, hasta producirle la muerte, pues el agente, normalmente, actúa en cumplimiento de su deber.
- Para defenderse no hace falta que el agresor lo haga de modo voluntario y consciente. Por eso es lícito contra un borracho o un loco.
- Que no haya otro modo eficaz de defenderse38.

3) La Autoridad Pública puede imponer la pena de muerte al criminal para defender a los demás. Dice la Biblia: «Aquel que derrame sangre de hombre, debe morir»39. «El que mata a otro voluntariamente sea castigado con la muerte»40.

«Es de notar que el verbo del original hebreo es “rasach” , que significa la muerte del inocente. Por eso habría que traducirlo: “No causarás la muerte de un hombre inocente”.
»Para otra clase de muertes la Biblia emplea los términos “harag” y “hemit”41.

Salvador de Madariaga, conocido intelectual que murió a los 92 años en Lugano, Suiza, escritor internacional y ministro de la República en 1934, dice: «La pena de muerte no será necesaria el día que la supriman primero los asesinos»42.




«En un año murieron en España más de cien víctimas del terrorismo. Si se hubiera ejecutado al criminal al primer asesinato, no hubieran muerto todos los demás asesinados. Algún terrorista asesinó más de diez veces. No es deseable la muerte de nadie, pero si para que no mueran los inocentes es necesario ejecutar a los asesinos, puede ser esto una exigencia del bien común»43.
En las Navidades de 1986 hubo 62 muertos en un avión Boeing 737, secuestrado por un grupo de terroristas44.
El 19 de julio de 1987, una bomba terrorista produjo 20 muertos en un hipermercado de Barcelona45.

No se comprende por qué los criminales pueden aplicar la pena de muerte a un inocente, y los jueces no puedan aplicar la misma pena a los asesinos culpables.
Se supone, naturalmente, una culpabilidad claramente demostrada46.
Lo mismo que es lícito matar a un injusto agresor en defensa propia47, la Autoridad puede aplicar la pena de muerte para defender la vida de los inocentes.
«La Autoridad tiene el deber de defender la vida de los ciudadanos inocentes»
«Los que tienen autoridad legítima, tienen también el derecho de usar las armas para rechazar a los agresores de la sociedad civil confiada a su responsabilidad»48.







Fotos: Alon Albergu


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http://es.catholic.net/op/articulos/10054/matar-en-defensa-propia-y-guerra-justa.html



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